Certificado de reclusión en un establecimiento penitenciario

Última actualización:

Este documento permite a una persona acreditar el período en que permaneció privado de libertad; adicionalmente, indica la o las causas de la reclusión, y el tribunal respectivo.

El trámite se puede hacer durante todo el año en el sitio web y OIRS de Gendarmería.

Hombres y mujeres que hayan permanecido privados o privadas de libertad por orden de un tribunal de justicia.

Cédula de identidad vigente (sólo si realiza el trámite en oficina).

Si realiza el trámite en línea, debe tener ClaveÚnica.

30 días hábiles desde su emisión.

- Instrucciones Trámite en línea
  1. Haga clic en "ir al trámite en línea".
  2. Una vez en el sitio web de la institución, haga clic en "solicitar certificado de reclusión en un establecimiento penitenciario".
  3. Escriba su RUN y clave, y haga clic en "autenticar". Si no posee ClaveÚnica, solicítela.
  4. Complete los datos requeridos, y haga clic en "finalizar".
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado el certificado. (Obtendrá un correo electrónico confirmando su requerimiento).

La disponibilidad del documento será notificada en su correo electrónico en un plazo no superior a 10 días hábiles. En la ocasión, deberá acceder a un enlace para obtener el certificado (que estará disponible para su uso permanente).

- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Diríjase a la Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias (OIRS) de Gendarmería de Chile más cercana a su domicilio. Horario de atención: lunes a viernes, de 8:30 a 17:18 horas.
  2. Explique el motivo de su visita: solicitar un certificado de reclusión.
  3. Entregue el antecedente requerido.
  4. Como resultado del trámite, habrá solicitado el documento, cuya respuesta podrá obtener en un plazo no superior a 20 días hábiles. 

Importante:

  • El certificado será entregado en la misma OIRS donde realizó la solicitud, o será enviado al domicilio particular.
  • El documento tiene una vigencia de 60 días hábiles.
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

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