Denuncia a un empleador que no cumple con los derechos fundamentales de la relación laboral

Última actualización:

Permite a trabajadores, trabajadoras y organizaciones sindicales ingresar una denuncia ante la Dirección del Trabajo (DT), cuando el empleador o la empleadora incurre en conductas que podrían constituir una infracción a los derechos fundamentales de la relación laboral.

Si luego de la denuncia y la mediación que proponga la DT el problema persiste, debe interponerse una demanda ante los tribunales de justicia, en un plazo menor a 90 días hábiles desde que se produjo la infracción.

Revise las siguientes denuncias:

El trámite se puede realizar durante todo el año en la oficina de la Inspección del Trabajo, más cercana a su trabajo.

Trabajadores, trabajadoras y organizaciones sindicales.

  • RUT del trabajador o de la trabajadora, o Registro Sindical Único (RSU) de la organización sindical.
  • Antecedentes relevantes de la vulneración de los derechos y el contexto en el que ésta ocurrió.
  • Fotocopia de los documentos que justifiquen la denuncia (si existen).
  • Identificación del empleador o de la empleadora: nombre o razón social, domicilio y RUT, en caso de conocerse.
- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a la oficina de la Inspección del Trabajo más cercana a su trabajo.
  3. Explique el motivo de su visita: denunciar a un empleador o una empleadora porque vulneró los derechos fundamentales de la relación laboral.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá ingresado la denuncia.

Importante:

  • Luego de la denuncia, comenzará una investigación para constatar su veracidad. Si es efectiva, habrá una mediación para corregir las infracciones y llegar a un acuerdo entre las partes.
  • Si el problema persiste, los antecedentes serán derivados a los tribunales de justicia, donde debe interpornerse una denuncia antes de 90 días hábiles desde que se produjo la vulneración.
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

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