Solicitud de título de viaje o documentos de viajes para extranjeros

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Permite solicitar el título o documento de viaje para extranjeros.

  • Título de viaje: es un documento de carácter especial, válido solamente para salir del territorio nacional, y se otorga a las personas extranjeras cuyo país no tenga representación consular en Chile, o que por cualquier otra causa no puedan adquirir sus respectivos pasaportes.
  • Documento de viajes: es un pasaporte especial que el Registro Civil puede otorgar a los extranjeros y extranjeras residentes que estén en alguna de las siguientes situaciones: 
    • Apátridas. Se otorga a los apátridas y a hijos o hijas de personas extranjeras transeúntes menores de 22 años que no sean reconocidos en el país de origen de sus padres.
    • Refugiados con visación de residente con asilo político. Se otorga solo en Santiago previa resolución del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
    • Hijos e hijas de extranjeros y extranjeras transeúntes, nacidos en Chile y menores de 18 años. Lo debe otorgar las oficinas de cabeceras regionales.
El trámite se puede realizar durante todo el año en las oficinas del Registro Civil.
  • Personas extranjeras cuyo país no tenga representación consular en Chile.
  • Apátridas (cualquier persona a la que ningún Estado considera destinataria de la aplicación de su legislación).
  • Personas refugiadas con visación de residente con asilo político.
  • Hijos e hijas de personas extranjeras transeúntes, que hayan nacido en Chile y sean menores de 18 años.

Título de viaje para extranjeros:

  • Cédula de identidad para extranjeros, salvo que tenga tarjeta de turismo y haya extraviado sus documentos, en cuyo caso se le tomará un canje dactilar completo.
  • Carta del Ministerio de Relaciones Exteriores en la que se deja constancia de que su país no tiene representación en Chile, si es el caso.
  • Dos fotografías del titular, tamaño 4x4 cm, a color tomadas de frente, fondo claro, rasgos bien definidos y sin borde blanco.
  • Certificado expedido por la Policía de Investigaciones de Chile, que acredite que no tiene impedimentos judiciales o policiales para salir del país.
  • Comprobante de pago del valor de este documento.

Documento de viaje para extranjeros:

Adicionalmente, según sea el caso se debe presentar la siguiente documentación:

Apátrida:

Refugiado o refugiada:

  • Resolución de visa de residente con asilo político, otorgada por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

Hijo o hija de persona extranjera transeúnte:

  • Certificado de nacimiento chileno en el que conste su calidad de hijo de extranjero transeúnte.
  • Certificado de la representación consular correspondiente al país de nacionalidad de los padres, señalando el motivo por el cual no le pueden otorgar pasaporte de ese país.
  • Resolución de visa otorgada por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, si la persona extranjera es mayor de 18 años.
  • Autorización notarial, judicial o consular de salida del país, si se trata de un menor de 18 años.

El documento de viaje para extranjero tiene una validez de dos años, prorrogable por igual período, siempre que el o la titular no haya obtenido nacionalidad chilena o una extranjera. Durante su vigencia, la persona extranjera podrá salir y entrar al país, siempre que cumpla con las exigencias establecidas en el reglamento de extranjería.

- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a la oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI) que corresponda:
    • Para título de viaje y documento de viajes (apátridas e hijo o hija de persona extranjera transeúnte): oficinas de Arica, Iquique, Antofagasta, Copiapó, La Serena, Valparaíso, Viña del Mar, Isla de Pascua, CEI Bicentenario, Rancagua, Talca y Curicó, Concepción, Los Ángeles, Chillán, Temuco, Valdivia, Puerto Montt, Osorno, Coyhaique y Punta Arenas.
    • Documento de viajes para refugiados y refugiadas: CEI Bicentenario, ubicada en Moneda N° 1342, Santiago.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar título o documentos de viaje para extranjeros, según sea el caso.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Pague el valor del documento.
  6. Como resultado del trámite obtendrá el título de viaje o documento de viaje para extranjeros, según corresponda.
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado
  • Título de viaje para extranjeros: $2.940.
  • Documento de viaje: $11.510.

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