Asignación de un abogado o abogada de la Defensoría Penal Pública

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Permite acceder al servicio de defensa penal a toda persona que no puede pagar un abogado o abogada, y que ha sido imputada por algún crimen, delito simple o falta, siempre que la causa sea de conocimiento de un juzgado de garantía, tribunal de juicio oral en lo penal y las respectivas cortes.

El Estado, a través de la Defensoría Penal Pública, garantiza el derecho de las personas a contar con un abogado o abogada para su defensa, quien presta la atención desde la primera audiencia hasta el término del proceso.

El servicio está disponible durante todo el año y se obtiene por el solo hecho de ser una persona imputada por un crimen, delito simple o falta.

Personas que no cuenten con un abogado o abogada pasa su defensa y han sido imputadas por algún delito.

- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. El servicio se obtiene por el solo hecho de ser imputado o imputada por un delito.
  2. Si no tiene un abogado o abogada para su defensa, se le asignará uno o una a partir de la audiencia ante un tribunal de garantía o un tribunal oral en lo penal.
  3. Como resultado del trámite, habrá solicitado el servicio de un abogado defensor o abogada defensora.

Obtenga más información de este servicio en una de las oficinas de la Defensoría Penal Pública o en el sitio web de la Defensoría Penal Pública.

- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

El servicio es gratuito si la persona no cuenta con recursos para financiarlo.

Si el imputado o imputada tiene los recursos, se realiza un análisis socioeconómico que determina las tasas de copago. Los porcentajes referenciales están disponibles en el sitio web de la Defensoría Penal Pública.

Importante:los y las jóvenes mayores de 14 años y menores de 18 años de edad no pagan la defensa prestada por un abogado o abogada, cualquiera sea la información en el Registro Social de Hogares (RSH).

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