Permite declarar y pagar al Servicio de Impuestos Internos (SII) los impuestos mensuales que considera el formulario 29 de IVA y el formulario 50 de diversos impuestos.
Una vez ingresados los datos en el sistema, obtendrá un cupón de pago. Éste debe ser presentado en una institución financiera cuando vaya a pagar, con lo que se valida la declaración de impuestos ingresada previamente.
¿A quién va dirigido?
Conocer másContribuyentes, personas naturales y/o jurídicas.
Detalles
Conocer más- Las declaraciones fuera de plazo del formulario 29 pueden ser presentadas en las instituciones financieras; previamente, deberá ser realizado el cálculo de los reajustes, intereses y multas, por el contribuyente o en la unidad del SII.
Obtenga más información.
- Las declaraciones fuera de plazo del formulario 50 en papel deben presentarse directamente en las instituciones recaudadoras, consignando previamente en los códigos 92, 93 y 94 (según corresponda) los recargos correspondientes, cuyo cálculo podrá ser realizado por el propio contribuyente o bien podrá ser solicitado al SII.
Obtenga más información.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másPara el trámite en oficina:
- Formulario 29 o 50.
- Cédula de identidad.
Importante: el formulario 29 o 50 puede ser comprado en quioscos de distintos puntos del país o adquirido en las oficinas del SII.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másMensual.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Haga clic en "ir al trámite en línea".
- Una vez en el sitio web de la institución, haga clic en "declarar y pagar (F29 y F50)".
- Escriba su RUT y clave, y haga clic en "ingresar". Si no está registrado, cree una cuenta.
- Seleccione la forma que va a declarar.
- Complete los datos requeridos y haga clic en enviar. Si necesita pagar impuestos, se desplegará automáticamente el vínculo con los bancos en convenio.
- Como resultado del trámite, habrá declarado usando el formulario 29 o 50 (vea el calendario tributario).
Puede descargar un certificado solemne del trámite desde el menú impuestos mensuales del sitio web del SII.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina del Servicio de Impuestos Internos (SII) que corresponde al domicilio del contribuyente o a los bancos comerciales e instituciones financieras autorizadas para recibir estos documentos.
- Explique el motivo de su visita: declarar y pagar impuestos usando el formulario 29 o 50.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá declarado usando el formulario 29 o 50.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Resolución exenta Nº 12, del 28 de febrero de 2001.
- Resolución exenta Nº 25, del 18 de octubre de 2002.
- Resolución exenta Nº 42, del 23 de diciembre de 2002.
- Resolución exenta Nº 31, del 13 de agosto de 2001.
- Resolución exenta SII Nº 165, del 18 de diciembre de 2008.
- Resolución exenta Nº 14, del 22 de marzo de 2001.
- Circular Nº 48, de 2004.
- Circular Nº 49, de 2009.
- Circular Nº69, del 2008.
- Ley sobre impuesto a la renta, artículos 58 al 63.
- Decreto ley Nº 828, de 1974.
- Resolución Nº 27 de 2001.
- Resolución Nº 78, de 2009.
- Resolución Nº 144, de 2010.
- Resolución Nº 41, de 2011