Matrícula provisoria en un establecimiento educacional

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La matrícula provisoria es un documento temporal que entrega el Ministerio de Educación (Mineduc) y que permite ubicar a niños, niñas y jóvenes en un curso según su edad o documentación escolar, mientras se realiza el reconocimiento de estudios o de validación del último curso aprobado en su país de origen.

Por lo general, este procedimiento se da en dos casos:

  • Cuando los alumnos y las alumnas vienen del extranjero y, por lo tanto, necesitan convalidar sus estudios con el sistema chileno.
  • Cuando estudiantes chilenos han estado fuera del sistema educacional por problemas de salud, familiares o de trabajo de los padres.

Debido a la contingencia por el contagio del Coronavirus (COVID-19), desde el 17 de marzo hasta el 24 de abril de 2020 se encuentra suspendida la tramitación de matrículas provisorias.

Niños, niñas y jóvenes que:

  • Han realizado sus estudios en países que mantienen convenios con Chile y están tramitando el reconocimiento y la convalidación de estudios de educación básica y media en el extranjero.
  • Han realizado sus estudios en países en convenio con Chile, pero la documentación no se encuentra apostillada, o han realizado sus estudios en países sin convenio con Chile. En estos casos, los establecimientos en los que se matriculen tendrán que realizar un proceso de validación del último curso aprobado en su país de origen.
  • Han estado fuera del sistema por enfermedad, problemas familiares, trabajo, entre otros, o estudiaron en establecimientos que no tienen el reconocimiento oficial del Mineduc. Junto a la matrícula provisoria, se autoriza el proceso de validación para que una vez que aprueben los cursos, el establecimiento entregue las actas para certificar el proceso, y otorgar la matrícula definitiva.
  • Certificado de nacimiento, pasaporte o DNI.
  • Certificado de estudios del último curso aprobado, el que debe ser apostillado si el país de origen se encuentra en convenio con Chile.

Importante: esta solicitud opera sólo cuando el alumno o la alumna ya ha sido aceptado por el establecimiento y cuenta con una vacante para matricularse. Posteriormente el director del establecimiento debe informar y solicitar autorización al departamento provincial de educación respectivo.

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