Permiso de ocupación anticipada (P.O.A)

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Permite al solicitante de una concesión marítima realizar estudios relacionados con el destino que se pretende dar al sector requerido, mientras la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas resuelve el otorgamiento de dicha concesión.

El trámite se puede realizar durante todo el año en la Capitanía de Puerto correspondiente.

Personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, con residencia definitiva en Chile, que estén tramitando un expediente de concesión marítima ante el Ministerio de Defensa Nacional Subsecretaría de Marina.

Esta autorización se otorga por un plazo máximo de un año y se le pone término al momento que el Ministerio de Defensa Nacional otorga o deniega la solicitud de concesión marítima.

- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a la capitanía puerto donde se ubica el lugar de interés.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar permiso de ocupación anticipada.
  4. Como resultado del trámite, habrá solicitado la autorización. Obtendrá una respuesta en un plazo máximo de 45 días hábiles. 
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Los permisos o autorizaciones estan afectos al pago de rentas y tarifas, conforme a las normas generales establecidas en el reglamento sobre concesiones marítimas, Título XI "de las rentas y tarifas", como así también a la exigencia de la garantía establecida en el artículo 19° del reglamento, con las siguientes excepciones:

  • El pago de la renta o tarifa será en una cuota en forma anticipada previo al acta de entrega.
  • Estos permisos o autorizaciones pueden ser gratuitos, conforme lo dispone el artículo 65° del reglamento.

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