Permiso de seguridad para trabajadores portuarios

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Permite obtener la autorización necesaria para realizar funciones de carga y descarga de mercancías y demás faenas propias de la actividad portuaria, tanto a bordo de naves y artefactos navales que se encuentren en los puertos de la República, como en los recintos portuarios establecidos.

El trámite se puede realizar durante todo el año en la Capitanía de Puerto correspondiente.

Personas naturales que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Sean mayor de 18 años.
  • Acrediten educación básica obligatoria.
  • Hayan aprobado el curso básico de seguridad en faenas portuarias, dictado por una OTEC debidamente acreditada.
  • Solicitud de permiso de seguridad.
  • Dos fotografías en color tamaño 3 x 3.5 con inicial del primer nombre, apellido paterno e inicial del apellido materno y RUT. 
- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a alguna de las capitanías de puerto.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar permiso de seguridad para trabajadores portuarios.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado el permiso de seguridad. Obtendrá una respuesta en un plazo máximo de 1 día hábil. En caso de obtener el permiso se entregará al beneficiario la Tarjeta de Identidad Profesional (TIP).
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado
  • Todas las tarifas son pagaderas en moneda nacional al valor del dólar observado del día en la  capitanía de puerto, Cajas vecinas del Bancoestado, oficinas de SERVIPAGCorreos de Chile o  sucursales del Banco BCI.
  • Las tarifas se reajustan anualmente el 1 de enero, de acuerdo con el porcentaje de variación experimentado por el índice de precios al consumidor de los Estados Unidos o el índice que lo reemplace, en un margen de un año, contado a partir del 30 de noviembre del año anterior al de su vigencia.

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