Permite a las empresas de muellaje contratar a uno o más trabajadores portuarios eventuales, con el fin de trasladar la carga entre la nave y los recintos portuarios, a los medios de transporte terrestre y viceversa.
¿A quién va dirigido?
Conocer más- Personas naturales que:
- Sean chileno y demuestren capacidad legal suficiente para ejercer la actividad de agente.
- Cuenten con una oficina establecida con los recursos humanos y técnicos para el adecuado funcionamiento de la empresa de muellaje en cada lugar donde desarrolle sus actividades.
- Mantengan capital propio y constituyan garantías reales a favor de la Inspección del Trabajo respectiva, en la forma y montos que determina el artículo 10° u otorgar a favor de la Inspección del Trabajo respectiva una garantía de fiel cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales, por los montos, y en la forma, establecidos en el artículo 13°.
- No hayan sido condenado por crimen o simple delito que merezca pena aflictiva.
- No hayan sido eliminado del registro respectivo por no cumplir con los requisitos exigidos con respecto a sus representantes, salvo que hubieran transcurrido más de 5 años desde la eliminación.
- No registren más de 4 multas por infracciones laborales y/o previsionales en el año anterior a la presentación de la solicitud de inscripción.
- Personas jurídicas o comunidades que:
- Se hayan constituido en Chile con domicilio principal en el país y su sede real y efectiva, cuyos administradores, presidente, gerentes o directores, según el caso, sean chilenos, y cuyo capital social pertenezca en más de un cincuenta por ciento a personas naturales o jurídicas chilenas.
- Tengan oficina establecida y que cuente con los recursos humanos y técnicos para el adecuado funcionamiento de la empresa de muellaje en cada lugar donde desarrolle sus actividades.
- Mantengan capital propio y constituyan las garantías reales a favor de la Inspección del Trabajo respectiva en la forma y montos que determina el artículo 10° u otorgar a favor de la Inspección del Trabajo respectiva una garantía de fiel cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales, por los montos, y en la forma, establecidos en el artículo 13°.
- Designen a uno o más apoderados que actuarán en su representación, los cuales deben ser chilenos.
- No hayan sido eliminadas del registro respectivo por no cumplir con los requisitos exigidos con respecto a sus representantes, salvo que hubieran transcurrido más de cinco años contados desde la eliminación.
- No registren más de 4 multas por infracciones laborales y/o previsionales en el año anterior a la presentación de la solicitud.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Formulario de solicitud.
Para persona natural:
- Solicitud escrita.
- Declaración jurada notarial relativa al cumplimiento de los requisitos para personas naturales.
- Documentos que acrediten el dominio o tenencia de la propiedad y patente municipal vigente.
- Certificado otorgado por la Inspección del Trabajo respectiva, relativo al pago de cotizaciones.
- Documentos justificativos del capital propio y las garantías reales que debe mantener y constituir la empresa de muellaje o, alternativamente, de la garantía exigida en conformidad.
- Fotocopia de boleta de garantía presentada a la Inspección del Trabajo.
- Certificado de antecedentes de la persona natural.
- Comprobante de pago del derecho anual.
Para persona jurídica:
- Solicitud escrita.
- Declaración jurada notarial relativa al cumplimiento de los requisitos.
- En el caso de las Sociedad Anónima, certificado de la Superintendencia de Valores y Seguros.
- Documentos que acrediten el dominio o tenencia de la propiedad y la patente municipal vigente.
- Certificado otorgado por la Inspección del Trabajo relativo al pago de cotizaciones.
- Documentos que acrediten el capital propio y las garantías reales que debe mantener y constituir la empresa de muellaje.
- Adjuntar fotocopia de boleta de garantía presentada a la Inspección del Trabajo.
- Comprobante de pago del derecho anual.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a alguna de las capitanía puerto del país.
- Explique el motivo de su visita: solicitar inscripción en el registro de empresas de muellaje.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite habrá solicitado la inscripción. Obtendrá una respuesta en un plazo máximo de 15 días hábiles.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer más- Todas las tarifas son pagaderas en moneda nacional al valor del dólar observado del día en la capitanía de puerto, Cajas vecinas del Bancoestado, oficinas de SERVIPAG, Correos de Chile o sucursales del Banco BCI.
- Las tarifas se reajustan anualmente el 1 de enero, de acuerdo con el porcentaje de variación experimentado por el índice de precios al consumidor de los Estados Unidos o el índice que lo reemplace, en un margen de un año, contado a partir del 30 de noviembre del año anterior al de su vigencia.