Es un registro nacional y único en el que deben ser inscritas asociaciones, fundaciones organizaciones comunitarias, juntas de vecinos y uniones comunales.
Obtenga más información.
¿A quién va dirigido?
Conocer más- Juntas de vecinos y uniones comunales.
- Asociaciones y fundaciones.
- Organismos públicos que constituyan personas jurídicas sin fines de lucro de acuerdo con leyes especiales.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Formulario de inscripción o subinscripción de personas jurídicas sin fines de lucro. También puede solicitarlo en el SRCeI.
- Copia del documento en el que conste la facultad para representar a la persona jurídica de que se trata, en caso de que el acto sea requerido por el interesado.
- Copia autorizada de los documentos fundantes del acto que se pretende inscribir o subinscribir.
- Copia del documento en que el secretario municipal o el órgano público correspondiente autorice al interesado o al funcionario municipal designado para solicitar la inscripción o subinscripción de constitución, modificación, extinción o disolución que se pretende, cuando corresponda.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina del Registro Civil más cercana.
- Explique el motivo de su visita: inscribir a una junta de vecinos, unión comunal, organización o fundación en el registro de personas jurídicas sin fines de lucro.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la inscripción, la que se hará efectiva en un plazo máximo de 20 días hábiles.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Ley N° 20.500, sobre asociaciones y participación ciudadana en la gestión pública.
- Ley N° 19.418, sobre juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias.