Exclusión del Servicio Militar 2020 (reclamación ante la Comisión Especial de Acreditación)

Última actualización:

Permite solicitar la exclusión del Servicio Militar obligatorio debido a una de las causales descritas en el campo "¿a quién está dirigido?". Para ello, los interesados deben reclamar ante la Comisión Especial de Acreditación (CEA), que depende de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas.

Los jóvenes que están en cuarto medio están matriculados en una universidad o instituto profesional reconocido por el Estado, o están realizando su práctica profesional pueden optar a una de las modalidades alternativas (postergación del Servicio Militar):

  • Conscripción al final de la carrera.
  • Prestación de servicios profesionales.
  • Curso especial de instrucción militar.
La reclamación ante la Comisión Especial de Acreditación (CEA) venció el 30 de diciembre de 2019. Los jóvenes que deseen presentar certificados que acrediten los motivos que les impiden cumplir con el Servicio Militar deberán hacerlo en marzo de 2020 ante la Comisión Seleccionadora de las Fuerzas Armadas, en la fecha, hora y lugar donde fueron convocados según las listas de llamados al Servicio Militar.

 

Ciudadanos llamados al Servicio Militar que pueden pedir la exclusión del Servicio Militar obligatorio a la Comisión Especial de Acreditación (CEA):

  • Los declarados no aptos por imposibilidad física o psíquica, según lo disponga el reglamento.
  • Los miembros de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y el personal de Gendarmería de Chile.
  • A quienes el cumplimiento del servicio militar ocasione un grave deterioro en la situación socioeconómica de su grupo familiar, ya que son su principal fuente de ingreso.
  • Quienes contrajeron matrimonio, que estén en vías de ser padres o lo sean con anterioridad al primer sorteo de selección del contingente.
  • Quienes han sido condenados a pena aflictiva, salvo que la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN) los considere moralmente aptos. En todo caso, la amnistía (el perdón de un delito o crimen) extingue esta causal.
  • Los descendientes por consanguinidad en línea recta y en línea colateral, ambos hasta el cuarto grado inclusive, de víctimas de violaciones de los derechos humanos o de violencia política (Ley Nº 19.123 y Ley Nº 19.992).

Importante:

  • Quienes resulten excluidos del Servicio Militar no serán considerados para futuros llamados.
  • Los estudiantes de cuarto medio, de una universidad o instituto profesional reconocido por el Estado, y quienes estén realizando su práctica profesional pueden optar a una de las modalidades alternativas de la reclamación (postergación del Servicio Militar):
    • Conscripción al final de la carrera.
    • Prestación de servicios profesionales.
    • Curso especial de instrucción militar.

Certificados, informes y cualquier documento que acredite la situación especial para excluirse del Servicio Militar.

La exclusión del Servicio Militar no tiene costo.

Dependiendo de la modalidad elegida, la postergación del Servicio Militar tiene el siguiente costo:

  • Conscripción al final de la carrera: $6.060.
  • Prestación de servicios profesionales: $13.020. La renovación que se realiza en abril de cada año tiene un costo de $630.
  • Curso especial de instrucción militar: no tiene costo.

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