Permite a personas naturales y jurídicas traspasar un arma de fuego, inscrita a nombre de una persona que falleció, al familiar que la herede u otra persona.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas naturales o jurídicas que:
- Sean mayores de 18 años. Se exceptúan los menores de edad que se encuentran registrados como deportistas calificados.
- Tengan un cupo disponible para la inscripción del arma.
- Aprueben el examen de conocimiento sobre conservación, mantenimiento y manejo de armas, impartido por la autoridad fiscalizadora al momento de inscribir el arma.
- No han sido sancionadas en procesos relacionados con la Ley Nº 19.325 (violencia intrafamiliar).
- No registran en su contra un auto de apertura de juicio oral.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Certificado de antecedentes para fines especiales.
- Fotocopia por ambos lados de la cédula de identidad vigente de la persona que inscriba el arma.
- Certificado médico otorgado por un o una psiquiatra (120 días de vigencia).
- Padrón original del arma del propietario (sólo si lo tiene).
- Certificado de defunción.
- Documento que acredite el fallecimiento y parentesco.
- Cónyuge: certificado de matrimonio.
- Hijo o hija: certificado de nacimiento.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a una oficina de la autoridad fiscalizadora de Carabineros de Chile.
- Explique el motivo de su visita: transferir un arma de fuego por defunción.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite habrá solicitado la transferencia del arma, cuya respuesta obtendrá inmediatamente.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.