Permite a personas naturales y jurídicas solicitar a la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN) la inscripción de una o más armas de fuego.
Si la inscripción es aprobada, el interesado o la interesada recibe el padrón que acredita la tenencia o propiedad del arma.
La ley permite la inscripción de hasta dos armas de fuego por persona. Si el número a inscribir es superior, el interesado o la interesada deberá inscribirse como deportista, coleccionista o deportista calificado.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas naturales y jurídicas que poseen o adquieran armas de fuego, y cumplan los requisitos indicados en la ley de control de armas:
- Sean mayor de 18 años.
- Tengan domicilio conocido.
- Acrediten conocimientos sobre conservación, mantenimiento y manejo del arma que desea inscribir.
- No haber sido condenados por crimen o simple delito.
- No se han registrado en su contra auto de apertura de juicio oral.
- No han sido sancionados en procesos relacionados con la Ley Nº 19.325 sobre procedimientos y sanciones relativas a los actos de violencia intrafamiliar.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Formulario de solicitud de inscripción de armas de fuego.
- Certificado del banco de pruebas de Chile.
- Certificado de antecedentes para fines especiales.
- Certificado médico emitido por un o una psiquiatra para acreditar que se encuentra psíquicamente apto o apta para la tenencia de armas.
- Declaración jurada simple para acreditar domicilio (se completa al momento de realizar el trámite).
- Credencial vigente del Servicio Agrícola Ganadero (SAG) si el arma que se inscribe es para caza.
- Certificado del club de tiro si el arma que se inscribe es para deporte.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase una oficina de la autoridad fiscalizadora de Carabineros de Chile, correspondiente al domicilio donde se encuentra el arma.
- Explique el motivo de su visita: solicitar la inscripción de un arma.
- Entregue los antecedentes requeridos, y realice el pago de los derechos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la inscripción del arma. Recibirá el padrón de inscripción del arma, documento que acredita la propiedad del arma de fuego.