Permiso para importar implementos de artes marciales

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Permite a personas naturales y jurídicas obtener o renovar la autorización legal para importar implementos de artes marciales sometidos a control. Este documento es obligatorio para todos quienes deseen realizar este tipo de interacciones. 

Se exceptúan las siguientes disciplinas: mo-box, esgrima, judo o lucha, karate, taekwondo y kendo.

Personas naturales (mayores de 18 años) y jurídicas, chilenas o extranjeras.

- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a la oficina de la Autoridad Fiscalizadora de Artes Marciales, dependiente de la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN).
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar  autorización para importar implementos de artes marciales.
  4. Entregue los documentos requeridos y realice el pago correspondiente.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado el permiso. Obtendrá una respuesta en un plazo de 20 días hábiles, siempre y cuando no se requieran nuevos antecedentes.
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

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