El Aporte mensual compensatorio del aumento del valor de la Canasta Básica de Alimentos (CBA) no es postulable y está destinado a compensar el alza de precios de la CBA, el cual no constituye remuneración o renta para ningún efecto legal y, en consecuencia, no es imponible ni tributable y no tiene descuento alguno.
El plazo para cobrar este beneficio es de nueve meses, contados desde su emisión, y es pagado por el Instituto de Previsión Social (IPS).
- Consulte si le corresponde el beneficio en el sitio informativo Aporte Mensual Compensatorio - Canasta Básica de Alimentos (Ley N° 21.456).
¿A quién va dirigido?
Conocer másEste Aporte es entregado en beneficio de los y las causantes de las familias con Subsidio Familiar y Asignación Familiar o Maternal.
También se entrega en beneficio de los y las causantes de las familias usuarias del Subsistema de Seguridades y Oportunidades o de Chile Solidario.
El pago en los primeros meses corresponde a quienes hayan tenido esos beneficios o pertenecido a dichos subsistemas al 31 de diciembre de 2021 (para acceder al primer pago); luego, deberán seguir acreditando hasta abril de 2022 para recibir los pagos; y finalmente, hasta agosto de 2022.
En todos estos casos, se pagará el monto del Aporte Canasta Básica de acuerdo con el número de causantes (como las cargas familiares) debidamente acreditados.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másAnexos I, II, III y IV del Oficio Circular N° 1829, del 2000 de la Subsecretaría de Transportes (SUBTRANS), y todos los antecedentes técnicos descriptivos requeridos en ellos.
Importante:
La antigüedad de los modelos de vehículos a adaptar no debe superar los cinco años contados a partir de su primera inscripción en el registro nacional de vehículos motorizados para aquellos que operan en las regiones de Valparaíso, Libertador Bernardo O´Higgins y Metropolitana, y de siete años para aquellos vehículos que operan en el resto del país, debiendo éstos necesariamente contar con convertidor catalítico y sistema de inyección electrónica.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másLa certificación tendrá validez mientras la configuración no cambie sus especificaciones respecto de la que fue objeto de la certificación.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina del Centro de Control y Certificación Vehicular (3CV), ubicada en Vicente Reyes 198, Maipú, región Metropolitana. Horario de atención: lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas.
- Explique el motivo de su visita: certificación de vehículo a gas.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la certificación. El 3CV evaluará los antecedentes recepcionados y emitirá una decisión que será informada de forma escrita, en la que se comunicará, si corresponde, fecha y horario de presentación del vehículo para realizar los ensayos correspondientes, junto con el costo del servicio. Dentro de cinco días hábiles, contados desde la fecha de presentación del vehículo, la institución le informará respecto de los resultados obtenidos y cuándo deberá dirigirse a retirar el automóvil y la documentación correspondiente al término del proceso.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másLa solicitud no tiene costo. De ser aprobada la solicitud, tendrá que presentar el vehículo para ensayos y pagar el valor correspondiente.
Marco Legal
Conocer más- Decreto supremo N° 128, del 2002 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
- Decreto supremo N° 55, de 1998 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
- Resolución N° 65, del año 2000 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
- Resolución N° 960, del 2004 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.